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PODERES

Poder para pleitos

Paso 1

¿Qué es un poder para pleitos?

Es el documento notarial mediante el cual una persona confiere autorización a uno o varios procuradores y a uno o varios abogados para que éstos, respectivamente, lo representen y defiendan ante los Tribunales de Justicia en relación con un determinado asunto o causa judicial en el que esta persona deba tomar parte.

Paso 2

¿Qué necesito para firmar ante notario un poder para pleitos?

Particular (o persona física):

icono dni

Documento nacional de identidad

(Imprescindible aportar el original y en vigor)

icono dni

Pasaporte + NIE en vigor

(Imprescindible aportar el original y en vigor)

Empresa (o persona jurídica):

icono dni

Documento nacional de identidad

(Imprescindible aportar el original y en vigor)

icono gente

Poder notarial o nombramiento del administrador

(Copia auténtica donde se acredite la representación)

icono dni

Constitución de la sociedad

(Copia auténtica)

papeles

Acta de titularidad real

(Copia auténtica)

Paso 3

¿Cuánto cuesta firmar un poder para pleitos?

Si desea más información contacte con nosotros para poder asesorarle y realizar un presupuesto. El mismo está calculado en base a dos criterios: 1) nuestro conocimiento sobre el Arancel Notarial (Real Decreto 1426/1989, de 17 noviembre) y 2) nuestra experiencia diaria en la preparación de este tipo de documento notarial. No obstante, cualquier variación (al alza o a la baja) será debidamente justificada en el momento de emitir la factura definitiva que genere el servicio notarial prestado.

Paso 4

Preguntas frecuentes

Como es sabido, en un Estado democrático de Derecho, como es España de conformidad con el artículo 1.1 de la Constitución, uno de sus pilares fundamentales es el principio de separación de poderes, en virtud del cual, de todas las potestades del Estado, las mismas se ejercen de forma separada por tres poderes, a saber:

  • Al poder legislativo, representado en las Cortes Generales (es decir, Congreso de los Diputados y Senado), les corresponde la potestad legislativa, es decir, la tarea de realizar las leyes que rigen y ordenan la convivencia social y, asimismo, ejercer un control sobre la actuación del poder ejecutivo.
  • Al poder ejecutivo, es decir, al Gobierno, le corresponde adoptar las decisiones políticas más relevantes y dirigir a la administración.
  • Al poder judicial, que es el poder del Estado al que le corresponde resolver las controversias que puedan surgir entre los ciudadanos, aplicando para ello las leyes establecidas y vigentes.

Así las cosas, como se indica, el poder judicial es el poder del Estado al que le corresponde impartir justicia, es decir, juzgar los asuntos de que conozca, resolviendo los conflictos que se generen entre ciudadanos y entre estos con las Administraciones Públicas, aplicando para ello las leyes y normas que corresponda.

A tal efecto, para alcanzar este cometido, el poder judicial se halla integrado por Jueces y Magistrados, que son los encargados de impartir justicia, bajo un régimen de independencia, inamovilidad, responsabilidad y sometimiento absoluto a la ley y al Derecho.

El poder judicial, como se ha indicado, es el poder del Estado al que corresponde impartir justicia, de modo que es a él al que cualquier ciudadano ha de recurrir cuando haya visto vulnerado alguno de sus derechos o intereses legítimos.

“Así pues, por ejemplo, si alguien nos ha impagado una deuda, si hemos sido víctimas de un delito, como un robo violento, si hemos sido despedidos de nuestro trabajo por una causa injustificada, o si hemos recibido una sanción de tráfico incorrecta, en todos estos casos, si como ciudadanos queremos reclamar nuestros derechos y ver restablecidos los mismos, será necesario recurrir al poder judicial, iniciando el correspondiente proceso judicial, a los efectos de que un Juez o Magistrado resuelva nuestro asunto, mediante una resolución motivada, en la que se determine lo que corresponda en Derecho”.

A tal efecto, la Constitución española reconoce, como derecho fundamental, es decir, como derecho de mayor rango de protección, el llamado derecho a la tutela judicial efectiva, es decir, el derecho que tiene cualquier ciudadano a recurrir a los Tribunales de Justicia a los efectos de que éstos tutelen sus derechos e intereses legítimos.

Para poder ejercer este derecho a la tutela judicial efectiva y, en definitiva, poder explicar nuestra problemática ante un Juez a los efectos de que éste tutele nuestros derechos e intereses legítimos, será necesario iniciar el proceso judicial que corresponda, lo que por ejemplo puede suceder mediante una demanda, en el ámbito civil o laboral, o mediante una denuncia o querella, si se tratare de la jurisdicción penal.

En cualquier caso, para iniciar, tramitar, comparecer en ese proceso y defender nuestros derechos e intereses legítimos, en la mayoría de las ocasiones los ciudadanos no podemos realizar este trámite por nosotros mismos, sino que necesitamos la concurrencia de unos profesionales, que son los procuradores y los abogados, a los que la ley encomienda la tarea de representar y defender, respectivamente, a cualquier ciudadano que desee iniciar un proceso judicial.

Así pues, si necesitamos acudir a los Tribunales de Justicia para iniciar o tomar parte en un proceso judicial, en la mayoría de las ocasiones, vamos a necesitar los servicios de un abogado y un procurador, a cuyo efecto trae razón el otorgamiento de un poder para pleitos, que es la figura que se analiza en estas líneas.

Un abogado es un profesional del Derecho, licenciado o graduado en Derecho, conocedor de las leyes y del ordenamiento jurídico, cuya misión es la de asesorar, aconsejar y defender a los ciudadanos en orden a asegurar la efectividad de sus derechos e intereses legítimos.

Así pues, si cualquier persona debe formar parte de un proceso judicial, en la jurisdicción que fuere, deberá contar con la asistencia de un abogado que le defienda, al que corresponderá diseñar la estrategia jurídica que mejor convenga a su patrocinado, instando todas las actuaciones procesales que correspondan. A tal efecto, es necesario saber que los abogados ejercen su profesión de forma liberal, es decir, que actúan como un profesional autónomo al que cada cliente contrata de forma privada en función de la confianza que se le deposite y presuponga. Así pues, si necesitamos un abogado, deberemos buscar en el mercado un profesional que nos genere confianza para la llevanza del asunto que nos ataña y abonarle los honorarios que se pacten.

  • Sobre ello, hay que puntualizar que, a la vista de la experiencia atesorada, al seleccionar un abogado es muy importante que el mismo sea especialista en la materia de nuestro asunto concreto, para así asegurar que el mismo nos podrá asesorar y defender de la mejor manera posible.

Por último, en este aspecto, también es necesario puntualizar que, si la persona interesada carece de capacidad económica para sufragar un abogado, puede solicitar el beneficio de justicia gratuita, y si se le concede, el Estado le facilitará un abogado que le defienda sin coste para usted. Si desea más información al respecto, deberá contactar con el Colegio de Abogados de su localidad donde le podrán informar adecuadamente sobre ello.

Un procurador es un profesional del Derecho, al que le corresponde asumir la representación técnica de cualquier ciudadano que sea parte en un proceso, de modo que será el procurador la persona encargada de presentar al Juzgado correspondiente cualquier escrito o documento que corresponda y, asimismo, de recibir toda notificación de resoluciones que emita el propio Juzgado o de escritos y documentos aportados por la contraparte que sean admitidos. Por consiguiente, cualquier persona que quiera o deba formar parte de un proceso judicial, necesitará un procurador que lo represente a los efectos que se ha indicado.

Paso 5

¿Dónde consultar la normativa aplicable?

   

Paso 6

Pedir cita